Asamblea Legislativa aprueba la reforma al artículo 248 de la Constitución de la República

Con 66 votos, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron modificar el artículo 248 de la Constitución de la República de El Salvador, con el fin de agregar una opción más al procedimiento de reforma constitucional.

Para ejecutar cambios a la Constitución de la República se necesita pasar las propuestas por una legislatura, por lo que se requiere una reforma con mayoría simple con 43 votos. Luego, se requiere que la siguiente legislatura ratifique lo propuesto por mayoría calificada.

Es decir, que en la configuración que hasta hoy se tendría se necesita la mitad más uno y en la siguiente dos terceras partes. Luego, el segundo inciso indica que se necesitan 10 firmas para ingresar una reforma.

“Nosotros no le estamos quitando absolutamente nada a la Constitución de la República, sino que simplemente le estamos agregando una opción más al artículo que permite reformarla, pero bajo las mismas reglas del juego”, comentó el jefe de fracción de la bancada de Nuevas Ideas, Christian Guevara. “No estamos rompiendo ningún orden de la Constitución, hecha en 1983 bajo una manera inconsulta. El origen de esta Constitución fue producto de un golpe de Estado”, agregó el parlamentario.

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La diputada de ARENA, Marcela Villatoro dio su postura con respecto a la reforma del artículo 248 de la Constitución de la República. ¿Por qué no fortalecemos la independencia de poderes?”.

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Los requisitos para proponer una reforma a la Constitución

De acuerdo a los diputados, los requisitos para poder hacer una propuesta para reformar la Constitución de la República continúan siendo los mismos:

– Presentarse por un mínimo de 10 diputados.

– Aprobarse con el voto de la mitad más uno de los diputados.

– Ratificarse en la misma legislatura con el voto de las tres cuartas partes (este es el cambio).

– O ratificarse en la siguiente legislatura con dos tercios de los diputados.

– Tampoco deberán tocarse las cláusulas pétreas. Es decir, aquellas relacionadas a la forma y sistema de Gobierno, territorio de la República y la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República.

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